Requisitos: 1. Manifestar: a) La aduana de adscripción y adicionales que tenía autorizadas el agente aduanal autorizado. b) En su caso, la solicitud de autorización de sus mandatarios, de conformidad con las reglas 1.4.3., o 1.4.5., en su caso. c) Que no ha interpuesto algún medio de defensa en contra de la derogación del artículo 163-A de la Ley, publicada en el DOF, mediante el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera", el 9 de diciembre de 2013. En caso de haber interpuesto algún medio de defensa, se deberá adjuntar la copia del acuerdo de la autoridad judicial o jurisdiccional en el que conste el desistimiento o la improcedencia del mismo. 2. Original del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.6., donde conste el pago correspondiente por concepto de expedición de patente de agente aduanal, conforme a lo establecido en el artículo 51, fracción II, de la LFD. 3. Cuatro fotografías tamaño título en blanco y negro. 4. Copia certificada del acta de defunción del agente aduanal al cual se sustituye, en caso de fallecimiento del agente aduanal. 5. En caso de incapacidad permanente o retiro voluntario del agente aduanal, el documento emitido por autoridad competente que acredite tal situación. 6. Copia de la declaración anual del ISR correspondiente al último ejercicio fiscal por el que se debió haber presentado. |